Subvenciones
Información general sobre las subvenciones concedidas
El Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas destaca la transparencia como uno de los principios de ejecución del presupuesto y lo desarrolla a lo largo de dicho Reglamento mediante diversas disposiciones que garantizan una publicidad adecuada (a priori y a posteriori) de la ejecución del presupuesto.
En lo que se refiere a las subvenciones, el Reglamento financiero, en su artículo 110, prevé tanto una publicación a priori del programa anual y de las convocatorias de propuestas como una publicación a posteriori de las subvenciones concedidas durante el ejercicio presupuestario. A este respecto, conviene recordar que una subvención se considera «concedida» cuando existe un primer compromiso jurídico, es decir, la firma del primer convenio.
Publicación a posteriori
En virtud del artículo 169 de las Normas de desarrollo del nuevo Reglamento financiero, «las subvenciones concedidas durante un ejercicio, salvo las becas concedidas a personas físicas, se publicarán en el sitio Internet de las Instituciones comunitarias en el primer semestre siguiente al cierre del ejercicio con cargo al cual hubieren sido adjudicadas».


















