¿Qué curso se da a una petición admitida a trámite?
Normalmente, las peticiones referidas a asuntos pertenecientes al ámbito de actividades de la Unión Europea son admitidas a trámite por la Comisión de Peticiones, que decide el curso que debe dárseles, de acuerdo con el Reglamento interno del Parlamento Europeo.
La Comisión de Peticiones le informará de la decisión que adopte con respecto a su petición, sea cual sea dicha decisión.
Según los casos, la Comisión de Peticiones podrá:
- pedir a la Comisión Europea que efectúe una investigación preliminar e informe de si se respeta o se infringe la legislación comunitaria pertinente,
- transmitir la petición a otras comisiones del Parlamento Europeo para que éstas informen o inicien otras acciones (por ejemplo, una comisión puede tomar en consideración una petición en el marco de sus actividades legislativas),
- en casos excepcionales, someter un informe al Parlamento para que sea votado en sesión plenaria o bien efectuar una visita para recoger información sobre el terreno,
- o adoptar las medidas que considere adecuadas para tratar de resolver un problema.
La Comisión de Peticiones se reúne, por regla general, cada mes, salvo en agosto, mes en que el Parlamento suspende sus actividades. Asiste a la Comisión de Peticiones una secretaría permanente que prepara sus reuniones y tiene funciones consultivas.
La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo podrá pedir la colaboración de las autoridades nacionales o locales de los Estados miembros para resolver un problema expuesto por un peticionario. No obstante, sus actos no podrán invalidar las decisiones adoptadas por las autoridades competentes de los Estados miembros. El Parlamento Europeo no es ninguna autoridad judicial y no puede dictar sentencias ni revocar decisiones de los tribunales de justicia de los Estados miembros. Toda petición que tenga este objeto será declarada improcedente.




